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año:2021
 
año:2002
 
institución:SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio N° 22496 14 de diciembre, 2021 DFOE-CAP-1221 Licenciada Rocío Aguilar Montoya Superintendente General SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS sugefcr@sugef.fi.cr Estimada señora: Asunto: Aprobación del presupuesto inicial para el año 2022 de la Superintendencia General de Entidades Financieras.. Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los miembros del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, se le comunica la aprobación del presupuesto inicial 2022 de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) por la suma de ?13.909,5 millones. 1. CONSIDERACIONES GENERALES 1.1. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA GESTIÓN El acto de aprobación presupuestaria se efectúa con base en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N° 7428 y otras leyes conexas. El presupuesto inicial fue enviado a la Contraloría General mediante oficio N° SGF-2798-2021 del 24 de septiembre de 2021 atendiendo el plazo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 7428 antes citada por medio del Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP), de conformidad con lo preceptuado en la norma 4.2.12 de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (NTPP). La aprobación interna efectuada por el CONASSIF como requisito de validez del documento aportado, consta en el acta de la sesión N° 1688-2021 celebrada el 16 de septiembre de 2021. Esto de conformidad con lo regulado en la norma 4.2.3 de las NTPP. Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa R ...
Fecha publicación: 15/12/2021
Fecha emisión: 14/12/2021
Institución: SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
Año: 2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio N° 21417 25 de noviembre, 2021 DFOE-CAP-1153 Licenciada Vera Amador Debernardi Coordinador Administrativo SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS Estimada señora: Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00006-2021 sobre la capacidad de gestión institucional Me permito remitirle el informe DFOE-CAP-SGP-00006-2021, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados del seguimiento de la gestión sobre la capacidad de gestión institucional con el objetivo brindar un panorama general sobre la capacidad de gestión institucional, con base en el análisis del marco regulatorio y buenas prácticas aplicables, con el propósito de promover su fortalecimiento en procura de la generación de valor público. Dicho informe comprende los resultados del análisis de la capacidad de gestión institucional a partir de las dimensiones que conforman el Modelo Integrado de Gestión Pública (MiGPS), el cual integra cuatro dimensiones -estrategia y estructura; liderazgo y cultura; procesos e información; competencias y equipos- para el fortalecimiento de la capacidad de gestión institucional; es decir, la articulación y preparación de los recursos disponibles de cada entidad para cumplir sus funciones, objetivos y alcanzar los resultados. Esas dimensiones consideran una serie de prácticas vinculadas a la gestión para resultados, los riesgos, la calidad y el control interno en cada una de las dimensiones definidas, cuya implementación en los subsistemas de gestión de las instituciones -financiera, potencial humano, bienes y tecnologías de información- permite fortalecer la capacidad de gestión institucional en procura de satisfacer las necesidades de la ciudadanía y generar valor público mediante el desempeño eficiente y ...
Fecha publicación: 26/11/2021
Fecha emisión: 25/11/2021
Institución: SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
Año: 2021
Notas de remisión: 21168-2021  |  21169-2021  |  21170-2021  |  21171-2021  |  21172-2021  |  21173-2021  |  21174-2021  |  21175-2021  |  21176-2021  |  21177-2021  |  21178-2021  |  21179-2021  |  21180-2021  |  21181-2021  |  21182-2021  |  21183-2021  |  21184-2021  |  21185-2021  |  21186-2021  |  21187-2021  |  21188-2021  |  21189-2021  |  21190-2021  |  21191-2021  |  21358-2021  |  21359-2021  |  21360-2021  |  21361-2021  |  21362-2021  |  21363-2021  |  21364-2021  |  21365-2021  |  21366-2021  |  21367-2021  |  21368-2021  |  21369-2021  |  21370-2021  |  21371-2021  |  21372-2021  |  21373-2021  |  21374-2021  |  21375-2021  |  21376-2021  |  21377-2021  |  21378-2021  |  21379-2021  |  21380-2021  |  21381-2021  |  21192-2021  |  21193-2021  |  21194-2021  |  21195-2021  |  21196-2021  |  21197-2021  |  21198-2021  |  21199-2021  |  21200-2021  |  21201-2021  |  21202-2021  |  21203-2021  |  21204-2021  |  21205-2021  |  21206-2021  |  21207-2021  |  21208-2021  |  21209-2021  |  21210-2021  |  21211-2021  |  21212-2021  |  21213-2021  |  21214-2021  |  21215-2021  |  21288-2021  |  21289-2021  |  21290-2021  |  21291-2021  |  21382-2021  |  21383-2021  |  21384-2021  |  21385-2021  |  21386-2021  |  21387-2021  |  21388-2021  |  21389-2021  |  21390-2021  |  21391-2021  |  21392-2021  |  21393-2021  |  21394-2021  |  21395-2021  |  21396-2021  |  21397-2021  |  21398-2021  |  21399-2021  |  21400-2021  |  21401-2021  |  21402-2021  |  21403-2021  |  21404-2021  |  21405-2021  |  21216-2021  |  21217-2021  |  21218-2021  |  21219-2021  |  21220-2021  |  21221-2021  |  21222-2021  |  21223-2021  |  21224-2021  |  21225-2021  |  21226-2021  |  21227-2021  |  21228-2021  |  21229-2021  |  21230-2021  |  21231-2021  |  21232-2021  |  21233-2021  |  21234-2021  |  21235-2021  |  21236-2021  |  21237-2021  |  21238-2021  |  21239-2021  |  21292-2021  |  21293-2021  |  21294-2021  |  21295-2021  |  21296-2021  |  21297-2021  |  21298-2021  |  21299-2021  |  21300-2021  |  21301-2021  |  21302-2021  |  21303-2021  |  21304-2021  |  21305-2021  |  21306-2021  |  21307-2021  |  21308-2021  |  21309-2021  |  21310-2021  |  21311-2021  |  21312-2021  |  21313-2021  |  21314-2021  |  21315-2021  |  21406-2021  |  21407-2021  |  21408-2021  |  21409-2021  |  21410-2021  |  21411-2021  |  21412-2021  |  21413-2021  |  21414-2021  |  21415-2021  |  21416-2021  |  21418-2021  |  21419-2021  |  21420-2021  |  21421-2021  |  21422-2021  |  21423-2021  |  21424-2021  |  21425-2021  |  21426-2021  |  21427-2021  |  21428-2021  |  21429-2021  |  21240-2021  |  21241-2021  |  21242-2021  |  21243-2021  |  21244-2021  |  21245-2021  |  21246-2021  |  21247-2021  |  21248-2021  |  21249-2021  |  21250-2021  |  21251-2021  |  21252-2021  |  21253-2021  |  21254-2021  |  21255-2021  |  21256-2021  |  21257-2021  |  21258-2021  |  21259-2021  |  21260-2021  |  21261-2021  |  21262-2021  |  21263-2021  |  21316-2021  |  21317-2021  |  21318-2021  |  21319-2021  |  21320-2021  |  21321-2021  |  21322-2021  |  21323-2021  |  21324-2021  |  21325-2021  |  21326-2021  |  21327-2021  |  21328-2021  |  21329-2021  |  21330-2021  |  21331-2021  |  21332-2021  |  21333-2021  |  21334-2021  |  21335-2021  |  21336-2021  |  21337-2021  |  21338-2021  |  21339-2021  |  21264-2021  |  21265-2021  |  21266-2021  |  21267-2021  |  21268-2021  |  21269-2021  |  21270-2021  |  21271-2021  |  21272-2021  |  21273-2021  |  21274-2021  |  21275-2021  |  21276-2021  |  21277-2021  |  21278-2021  |  21279-2021  |  21280-2021  |  21281-2021  |  21282-2021  |  21283-2021  |  21284-2021  |  21285-2021  |  21286-2021  |  21287-2021  |  21149-2021  |  21150-2021  |  21151-2021  |  21152-2021  |  21153-2021  |  21154-2021  |  21155-2021  |  21156-2021  |  21157-2021  |  21158-2021  |  21159-2021  |  21160-2021  |  21161-2021  |  21162-2021  |  21163-2021  |  21164-2021  |  21165-2021  |  21166-2021  |  21167-2021  |  21340-2021  |  21341-2021  |  21342-2021  |  21343-2021  |  21344-2021  |  21345-2021  |  21346-2021  |  21347-2021  |  21348-2021  |  21349-2021  |  21350-2021  |  21351-2021  |  21352-2021  |  21353-2021  |  21354-2021  |  21355-2021  |  21356-2021  |  21357-2021  |  21148-2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio Nº 008668 11 de junio, 2021 DFOE-CAP-0318 Licenciada Maria del Rocio Aguilar Montoya Superintendente SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS sugefcr@sugef.fi.cr Estimada señora Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00001-2021, Seguimiento de la Gestión Pública: Aplicación de controles en las instituciones públicas que contribuyen en el abordaje de la emergencia sanitaria. De conformidad con las competencias asignadas en los artículos 183 y 184 de la Constitución Política y los artículos 12 y 21 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N° 7428; me permito hacer de su estimable conocimiento el Informe N° N° DFOE-CAP-SGP-00001-2021, Seguimiento de la Gestión Pública Aplicación de controles en las instituciones públicas que contribuyen en el abordaje de la emergencia sanitaria, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa. En el citado informe, se consignan los resultados de citado seguimiento de la gestión, el cual tuvo como objetivo revisar la aplicación de controles en las instituciones públicas para el fortalecimiento e implementación de mecanismos de contribución, coordinación, comunicación, consolidación de información, seguimiento y monitoreo, que contribuyan con el abordaje de la emergencia sanitaria; así como, el apoyo a la estructura organizacional definida para la atención de la emergencia sanitaria. Asimismo, en dicho informe se recomienda a las instituciones, considerar los resultados obtenidos como insumo para revisar y rediseñar, de ser necesario, sus controles para la generación y transmisión de información oportuna y relevante para el abordaje de la emergencia sanitaria, tanto a lo interno de la institución como hacia los tomadores de decisiones, con el objetivo de que se establezcan de m ...
Fecha publicación: 16/06/2021
Fecha emisión: 11/06/2021
Institución: SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION INSTITUCIONAL EXTERNA
Año: 2021
Notas de remisión: 8617-2021  |  8623-2021  |  8676-2021  |  8681-2021  |  8684-2021  |  8563-2021  |  8568-2021  |  8574-2021  |  8575-2021  |  8582-2021  |  8585-2021  |  8643-2021  |  8674-2021  |  8583-2021  |  8593-2021  |  8606-2021  |  8667-2021  |  8680-2021  |  8683-2021  |  8560-2021  |  8564-2021  |  8577-2021  |  8608-2021  |  8614-2021  |  8578-2021  |  8586-2021  |  8580-2021  |  8596-2021  |  8602-2021  |  8649-2021  |  8664-2021  |  8559-2021  |  8607-2021  |  8624-2021  |  8636-2021  |  8557-2021  |  8567-2021  |  8590-2021  |  8569-2021  |  8572-2021  |  8592-2021  |  8632-2021  |  8625-2021  |  8581-2021  |  8600-2021  |  8611-2021  |  8609-2021  |  8635-2021  |  8651-2021  |  8618-2021  |  8610-2021  |  8620-2021  |  8631-2021  |  8653-2021  |  8630-2021  |  8640-2021  |  8641-2021  |  8642-2021  |  8679-2021  |  8555-2021  |  8621-2021  |  8626-2021  |  8637-2021  |  8587-2021  |  8589-2021  |  8603-2021  |  8613-2021  |  8562-2021  |  8672-2021  |  8552-2021  |  8612-2021  |  8591-2021  |  8633-2021  |  8647-2021  |  8654-2021  |  8661-2021  |  8571-2021  |  8573-2021  |  8576-2021  |  8595-2021  |  8597-2021  |  8598-2021  |  8570-2021  |  8579-2021  |  8584-2021  |  8588-2021  |  8601-2021  |  8648-2021  |  8650-2021  |  8662-2021  |  8663-2021  |  8665-2021  |  8594-2021  |  8604-2021  |  8627-2021  |  8561-2021  |  8565-2021


1 2 Sra. Ana Matilde Bolaños 16 de octubre, 2002 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 12647 16 de octubre, 2002 DI-AA-3282 Señora Ana Matilde Bolaños A. Auditora Interna Superintendencia General de Entidades Financieras Estimada señora: Asunto: Se solicita que ante la variación en la integración del CONASSIF que involucren al Ministro y Viceministro de Hacienda, o al Presidente del Banco Central, se releve a la Auditoría de la SUGEF del deber de informar En atención a su oficio No. AI-SUGEF-076 2002 de 20 de mayo del año en curso, mediante el cual solicita que ante la variación en la integración del CONASSIF que involucren al Ministro y Viceministro de Hacienda, o al Presidente del Banco Central, se releve a esa Auditoría del deber de informar. Sobre el particular le comunicamos que el artículo 18 de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de los Servidores Públicos, No. 6872 determinaba que el auditor de cada entidad, o en su defecto el jefe de personal debía de informar a la Contraloría General el nombramiento o cese de los funcionarios obligados a declarar. Ahora bien, el artículo 45 inciso b) de la Ley No. 8292, Ley General de Control Interno, reforma el artículo 18 de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de los Servidores Públicos, determinando que: “Artículo 18. El responsable de la unidad de recursos humanos de cada entidad o, en su defecto, aquel quien el jerarca defina, deberá informar a la Contraloría General de la República, dentro de los ocho días siguientes a cada nombramiento, el nombre y las calidades de los servidores que ocupen los cargos para cuyo desempeño se requiera la declaración jurada de bienes, con indicación de la fecha en que esos funcionarios iniciaron sus funciones. Dentro del mismo plazo citado en el párrafo anterior, cada entidad deberá informar la fecha en que, por cualquier circunstancia, los servidores obligados a de ...
Fecha publicación: 19/10/2002
Fecha emisión: 16/10/2002
Documento: 12647-2002.doc
Institución: SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: OTROS
Año: 2002


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Al contestar refiérase al oficio Nº 11951 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio MAE Bernardo Alfaro Araya -2- 4-10-2002 4 de octubre, 2002 FOE-FEC-789 Máster Bernardo Alfaro Araya Superintendente Superintendencia General de Entidades Financieras BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto: Traslado de denuncia. Esta Contraloría General recibió copia del oficio S-492-2002 del 13 de agosto del 2002 remetido por el Sindicato de Empleados del Banco Popular y de Desarrollo Comunal (SIBANPO) a la Junta Directiva de dicha Institución, mediante la cual denuncian una serie de supuestas irregularidades relacionadas con el traslado a incobrables del monto de una carta de crédito adeudada por la empresa RYAN Y ORTIZ, S. A., a saber: “EN CONCLUSIÓN 1. Se evidencia en la síntesis anterior que el caso Ryan y Ortiz fue trasladado a incobrables sin dar cumplimiento debido al Reglamento que a esa fecha regía; por parte del Sr. Renán Murillo Pizarro y el señor Carlos Mario Alpízar. 2. El señor Gerente General aparentemente indujo a la Auditoría Interna a error, al no suministrarle información importante y al no aclarar lo correspondiente en el Borrador del Informe #AG-0246 del 17 –5-2002. 3. El Sr. Gerente General aparentemente induce a error a los Señores Miembros de la Junta Directiva Nacional, manteniendo silencio sobre la demanda y sentencia a favor del Banco Popular y al no aclararles que el 100% de pérdida sobre la Operación de Ryan y Ortiz no correspondía a la realidad. (Ver acta #400 del 21-5-2002). 4. Conforme lo indica la misma Auditoría Interna, en su Informe el Gerente General no le dio un seguimiento exhaustivo al caso a pesar de que la Auditoría así lo recomendó desde mayo 1999, en donde se le indicó realizar los trámites administrativos y legales para recuperar el monto d ...
Fecha publicación: 07/10/2002
Fecha emisión: 04/10/2002
Documento: 11951-2002.doc
Institución: SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2002


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Al contestar refiérase al oficio Nº 11829 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Servicios Financieros, Economía y Comercio MAE Bernardo Alfaro Araya -2- 2-10-2002 2 de octubre, 2002 FOE-FEC-781 Máster Bernardo Alfaro Araya Superintendente Superintendencia General de Entidades Financieras Banco Central de Costa Rica Estimado señor: Asunto: Solicitud de copia de los oficios de respuesta a los planteamientos realizados por parte de un ex Diputado y un Diputado actual el 24 de abril y el 19 de septiembre del 2002, respectivamente, sobre créditos otorgados por el Banco Nacional de Costa Rica a cooperativas de la zona sur del país. Esta Contraloría General recibió formalmente el 20 de septiembre del 2002, copia del oficio GVM-229-02 del 19 de septiembre suscrito por el Diputado Guido Vega Molina, mediante el cual le manifiesta a su persona, lo siguiente: “Es de mi conocimiento que mediante oficio con fecha 24 de abril de 2002, el entonces Diputado Oscar Campos Chavarría, se dirigió a su persona como jerarca de la Superintendencia General de Entidades Financieras, para solicitarle se investigara los créditos otorgados por el Banco Nacional a cinco cooperativas, ubicadas en la zona del Pacífico Sur del país, destinados a desarrollar proyectos bananeros en sus fincas de Palmar Sur. Tal parece que los recursos fueron canalizados a través de CORBANA, para que a través de una subsidiaria (FIBASUR) desarrollara y administrara tales proyectos mediante la figura de un Fideicomiso, sin embargo, los créditos no fueron honrados por parte del administrador, y el Banco remató las fincas y viviendas de los cooperativistas. Asimismo, a principios del año en curso, otra cooperativa (COPROSUR R. L.), gestionó formalmente para que su caso en particular fuera revisado por parte de esta Superintendencia General, por ser parte del ‘paquete’ a ...
Fecha publicación: 05/10/2002
Fecha emisión: 02/10/2002
Documento: 11829-2002.doc
Institución: SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2002


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Al contestar refiérase al oficio Nº 11541 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Servicios Financieros, Economía y Comercio MAE Bernardo Alfaro Araya -2- 30-9-2002 30 de setiembre, 2002 FOE-FEC-748 Máster Bernardo Alfaro Araya Superintendente Superintendencia General de Entidades Financieras Banco Central de Costa Rica Estimado señor: Asunto: Traslado de denuncia. Esta Contraloría General recibió formalmente el 31 de julio del 2002 copia de una nota remitida por el Sindicato de Empleados del Banco Popular y de Desarrollo Comunal (SIBANPO) a la Junta Directiva de dicha Institución que a su vez remite copia a esa Superintendencia, mediante la cual denuncian una serie de supuestas irregularidades, a saber: “La creciente ola de subterfugios utilizados para obtener utilidades y bajar morosidad es impresionante. La Junta Directiva conoce: · Del pago de más, que perjudica a clientes, al pasar la fecha de pago, ilegalmente al primero de cada mes. · De la desigualdad que se produce cuando a finales del 2001, se baja la tasa de interés para nuevas operaciones 18.5% y se mantienen en porcentajes elevados las operaciones viejas 25 y/o 28%, por lo que se perjudican clientes de la Institución. · Del traslado de operaciones a incobrables, sin el debido procedimiento”. · TRASLADO A INCOBRABLES Según informe de auditoría: ‘Con el oficio GG-744-2001 del 28 de mayo del 2001 la Gerencia General instruye al Coordinador del Proceso de Gestión de Cobro, Lic. Armando Rojas Chinchilla, ‘trasladar a incobrables, todas las operaciones de crédito cuya fecha de último pago sea mayor de cuatro años y tengan garantías prendarias o fiduciarias, con corte al 31 de mayo de 2001’. Por otra parte, indicó ‘deben quedar claro que debe mantenerse el esfuerzo de recuperación de dichas operaciones, en el tanto que no se ha ...
Fecha publicación: 29/09/2002
Fecha emisión: 26/09/2002
Documento: 11541-2002.doc
Institución: SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2002


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Al contestar refiérase al oficio Nº 7982 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Servicios Financieros, Economía y Comercio MAE Bernardo Alfaro Araya -2- 8-7-2002 8 de julio, 2002 FOE-FEC-498 Máster Bernardo Alfaro Araya Superintendente SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto: Traslado de denuncia. Esta Contraloría General recibió la nota anónima del 24 de junio del 2002, mediante la cual se denuncian supuestas irregularidades originadas en la aplicación de la metodología de cálculo de la tasa de interés activa que cobra a sus clientes el Banco de Costa Rica, a saber: “El Banco de Costa Rica, estableció a partir del segundo semestre del año 1998 una nueva forma de determinar la base de ajuste (factor variable) en la tasa de interés que en definitiva se le cobra a los clientes. La tasa de interés nombrada como “Tasa Base BCR” tenía tres componentes elementales y únicos: Tasa neta de la subasta a 6 meses plazo + Riesgo Comercial + Provisión mínima de SUGEF. Los préstamos concedidos por la Institución para las Corporaciones se concedían con base en la enunciada “Tasa Base BCR” y así quedaban indicados en los documentos legales correspondientes que firma el cliente. El Banco de Costa Rica a partir del mes de diciembre del año 2001, arbitrariamente modifica los elementos de la fórmula que fija la “Tasa Base BCR” específicamente el primer elemento, y sustituye la “Tasa neta de la subasta a 6 meses plazo por la tasa bruta de la subasta a 6 meses plazo”, con lo cual la base de ajuste se incrementa en 2 puntos porcentuales. El aumento afectó directamente a los clientes corporativos. El banco de Costa Rica nuevamente a inicios del año 2002 realiza una nueva modificación a la base de ajuste de las tasas de interés de préstamos, modificando el factor principal ...
Fecha publicación: 11/07/2002
Fecha emisión: 08/07/2002
Documento: 07982-2002.doc
Institución: SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Emite: HISTÓRICO DENUNCIAS-SECRETARIA TECNICA
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ANALISIS DE LA ADMISIBILIDAD DE DENUNCIAS
Año: 2002


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Al contestar refiérase al oficio Nº 3393 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economia y Comercio Máster Bernardo Alfaro Araya 2 22/03/2002 22 de marzo, 2002 FOE-FEC-259 Máster Bernardo Alfaro Araya Superintendente SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto: Traslado de denuncia. Esta Contraloría General recibió denuncia anónima el 6 de marzo del año en curso, referida a supuestas irregularidades en el Banco de Costa Rica, a saber: (...) i. Pérdida de ¢200 millones para el Banco de Costa Rica por no actualizar la tasa de interés de las cuentas de ahorro hacia la baja según acuerdo de Junta Directiva. Estas se habían disminuido pero nos e aplicó el acuerdo y se pagó una tasa de interés más alta a los clientes de la establecida. La auditoría presentó un informe al Comité Ejecutivo, pero no pasó a más. ii. Existen en las cuentas de otros activos sumas cercanas a ¢200 millones que corresponden a aplicaciones que deberían hacerse a las tarjetas de crédito por comparas efectuadas que no se han podido identificar. El procedimiento actual muestra deficiencias de control interno y prácticas que se han implementado en el Banco incorrectas dictadas por la Gerencia para eliminar los revisores, aspecto que ha ocasionado este tipo de pendientes difíciles de identificar que representan reducción de utilidades. iii. Crédito a Lachner y Saenz en agosto del 2001, en sesión posterior al otorgamiento se modifica el Manual de Crédito permitiendo dar préstamos a empresas intervenidas. Ver actas de Junta Directiva en donde 2 miembros de la Junta cuestionan y se oponen al otorgamiento de este crédito. iv. Préstamos a las empresas relacionadas de Promotora Costa Hermosa ($1.050.000 del 31 de julio del 2001). Las empresas no fueron analizadas como grupo. Tienen socio ...
Fecha publicación: 25/03/2002
Fecha emisión: 22/03/2002
Documento: 03393-2002.doc
Institución: SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Emite: HISTÓRICO DENUNCIAS-SECRETARIA TECNICA
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ANALISIS DE LA ADMISIBILIDAD DE DENUNCIAS
Año: 2002